
Bien en este apartado haré referencia a los doce postulados que deben de seguir el Lic. En Contaduría
o Contador Público. Quiero destacar que como en cualquier profesión se cuenta
con un conjunto de normas que se debe seguir para enaltecer la profesión. Sin
embargo, en la práctica es en ocasiones un poco imposible llevarlas todas al pie de la letra, pero esto
dependerá del criterio y circunstancias en que se pueda encontrar el Contador.
Hago hincapié en esto, y sin temor a mentir, no todas las veces es posible
cumplirlas al pie de la letra, y seria yo una mentirosa si les comentara que jamás
se ha roto o hecho lo contrario de lo que marcan estos postulados, o que ningún
Contador (a) ha tenido que dejar a un lado estos postulados. No quiero con esto
decir que los postulados que a continuación daré no se cumplan o no sirvan;
como mencione anteriormente, simplemente existirán circunstancias en las que el
Contador con su experiencia y criterio sabrá tomar las decisiones correctas.
ALCANCE DEL CÓDIGO
Postulado I
Aplicación
universal del código.
Este Código de Ética Profesional es aplicable
a todo Contador Público o Firma nacional o extranjero por el hecho de serlo. Sin
importar la índole de su actividad o especialidad que cultive tanto en el
ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de
instituciones públicas o privadas. Abarca también a los contadores públicos
que, además, ejerzan otra profesión.
RESPONSABILIDAD
HACIA LA SOCIEDAD
Postulado
II
Independencia
de criterio.
Al expresar cualquier juicio profesional el Contador Público
acepta la obligación de sostener un criterio libre de conflicto de intereses e imparcial.
Postulado
III
Calidad
profesional de los trabajos.
En la prestación de cualquier servicio se espera del
Contador Público un verdadero trabajo profesional, por lo que siempre tendrá presentes
las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo específico
que esté desempeñando. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y la
diligencia de una persona responsable.
Postulado
IV
Preparación
y calidad del profesional.
Como requisito para que el Contador Público acepte
prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria
para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente.
Postulado
V
Responsabilidad
personal.
El Contador Público siempre aceptará una responsabilidad personal por
los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección.
RESPONSABILIDADES
HACIA QUIEN PATROCINA LOS SERVICIOS
Postulado
VI
Secreto
profesional
El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional
y de no revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros, los hechos,
datos o circunstancias de que tenga o hubiese tenido conocimiento en el ejercicio
de su profesión. Con la autorización de los interesados, el Contador Público proporcionará
a las autoridades competentes la información y documentación que éstas le
soliciten.
Postulado
VII
Obligación
de rechazar tareas que no cumplan con la moral.
Faltará al honor y dignidad
profesional todo Contador Público que directa o indirectamente intervenga en
arreglos o asuntos que no cumplan con la moral, como el recibir retribuciones económicas
(cohechos) que no tengan sustento profesional para su aceptación.
Postulado
VIII
Lealtad
hacia el patrocinador de los servicios.
El Contador Público se abstendrá de aprovecharse
de situaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus servicios.
Postulado
IX
Retribución
económica.
Por los servicios que presta, el Contador Público se hace acreedor a
una retribución económica.
RESPONSABILIDAD
HACIA LA PROFESIÓN
Postulado
X
Respeto
a los colegas y a la profesión.
Todo Contador Público cuidará sus relaciones con
sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupan, buscando
que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca, actuando
con espíritu de grupo.
Postulado
XI
Dignificación
de la imagen profesional a base de calidad.
Para hacer llegar a la sociedad en
general y a los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de prestigio profesional,
el Contador Público se valdrá fundamentalmente de su calidad profesional y
personal, apoyándose en la promoción institucional y cuando lo considere
conducente, para aquellos servicios diferentes a los de dictaminación, podrá
comunicar y difundir sus propias capacidades sin demeritar a sus colegas o a la
profesión en general. Los servicios de dictaminación se refieren a los provenientes
de la auditoría de estados financieros. No es permisible utilizar para fines
publicitarios el término genérico de auditoría.
Postulado
XII
Difusión
y enseñanza de conocimientos técnicos.
Todo Contador Público que de alguna
manera transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las más altas
normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de los
conocimientos propios de la profesión
(Para consultar el Código de Ética Profesional y sus
normas generales en el siguiente enlace: http://www.ccpm.org.mx/nuestro_colegio/archivos/codigo_etica020608.pdf
)
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