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ETICA DEL CONTADOR PÚBLICO






Bien en este apartado haré referencia a los doce postulados que deben de seguir el Lic. En Contaduría o Contador Público. Quiero destacar que como en cualquier profesión se cuenta con un conjunto de normas que se debe seguir para enaltecer la profesión. Sin embargo, en la práctica es en ocasiones un poco imposible  llevarlas todas al pie de la letra, pero esto dependerá del criterio y circunstancias en que se pueda encontrar el Contador. Hago hincapié en esto, y sin temor a mentir, no todas las veces es posible cumplirlas al pie de la letra, y seria yo una mentirosa si les comentara que jamás se ha roto o hecho lo contrario de lo que marcan estos postulados, o que ningún Contador (a) ha tenido que dejar a un lado estos postulados. No quiero con esto decir que los postulados que a continuación daré no se cumplan o no sirvan; como mencione anteriormente, simplemente existirán circunstancias en las que el Contador con su experiencia y criterio sabrá tomar las decisiones correctas.


ALCANCE DEL CÓDIGO
Postulado I

Aplicación universal del código.

 Este Código de Ética Profesional es aplicable a todo Contador Público o Firma nacional o extranjero por el hecho de serlo. Sin importar la índole de su actividad o especialidad que cultive tanto en el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas. Abarca también a los contadores públicos que, además, ejerzan otra profesión.

RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD
Postulado II

Independencia de criterio. 

Al expresar cualquier juicio profesional el Contador Público acepta la obligación de sostener un criterio libre de conflicto de intereses e imparcial.

Postulado III

Calidad profesional de los trabajos. 

En la prestación de cualquier servicio se espera del Contador Público un verdadero trabajo profesional, por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo específico que esté desempeñando. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y la diligencia de una persona responsable.

Postulado IV

Preparación y calidad del profesional.

Como requisito para que el Contador Público acepte prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente.

Postulado V

Responsabilidad personal. 

El Contador Público siempre aceptará una responsabilidad personal por los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección.

RESPONSABILIDADES HACIA QUIEN PATROCINA LOS SERVICIOS
Postulado VI

Secreto profesional

El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros, los hechos, datos o circunstancias de que tenga o hubiese tenido conocimiento en el ejercicio de su profesión. Con la autorización de los interesados, el Contador Público proporcionará a las autoridades competentes la información y documentación que éstas le soliciten.

Postulado VII

Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral. 

Faltará al honor y dignidad profesional todo Contador Público que directa o indirectamente intervenga en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral, como el recibir retribuciones económicas (cohechos) que no tengan sustento profesional para su aceptación.

Postulado VIII

Lealtad hacia el patrocinador de los servicios. 

El Contador Público se abstendrá de aprovecharse de situaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus servicios.

Postulado IX

Retribución económica. 

Por los servicios que presta, el Contador Público se hace acreedor a una retribución económica.


RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN

Postulado X

Respeto a los colegas y a la profesión. 

Todo Contador Público cuidará sus relaciones con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupan, buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca, actuando con espíritu de grupo.

Postulado XI

Dignificación de la imagen profesional a base de calidad. 

Para hacer llegar a la sociedad en general y a los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de prestigio profesional, el Contador Público se valdrá fundamentalmente de su calidad profesional y personal, apoyándose en la promoción institucional y cuando lo considere conducente, para aquellos servicios diferentes a los de dictaminación, podrá comunicar y difundir sus propias capacidades sin demeritar a sus colegas o a la profesión en general. Los servicios de dictaminación se refieren a los provenientes de la auditoría de estados financieros. No es permisible utilizar para fines publicitarios el término genérico de auditoría.

Postulado XII

Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos. 

Todo Contador Público que de alguna manera transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las más altas normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios de la profesión


(Para consultar el Código de Ética Profesional y sus normas generales en el siguiente enlace: http://www.ccpm.org.mx/nuestro_colegio/archivos/codigo_etica020608.pdf )

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